18 febrero 2009

Calendario Académico 2009

El presente Calendario establece las recomendaciones mínimas para coordinar la actividad de enseñanza y aprendizaje de las distintas Unidades Académico - Administrativas, a los fines de asegurar un adecuado funcionamiento en el dictado de Cursos y Carreras.
1. Ciclo Lectivo 2009: Período comprendido entre el 2 de Febrero y el 30 de Diciembre de 2009.
2. Inscripción de aspirantes 2009 para carreras de gradoPre-inscripción on-line: Se iniciará el 17 de noviembre.Inscripción: Período comprendido entre el 1 y el 30 de Diciembre de 2008.
3. Reinscripción y Censo de alumnosSerá fijado por las diferentes Facultades durante el período comprendido entre el 2 de Febrero y el 13 de Marzo de 2009, deberán cumplir con este requisito todos los alumnos ordinarios inscriptos en las distintas carreras que se dictan en la UNRC hasta el año 2008 inclusive.Serán responsables de la realización del Censo y Reinscripción 2009, las respectivas Facultades.
4. Asuetos por Feriados Nacionales
24 de Marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
2 de Abril 09 y 10 de Abril (Semana Santa)
1 de Mayo 25 de Mayo 20 de Junio**
9 de Julio 17 de Agosto**
12 de Octubre* 8 de Diciembre
25 de Diciembre *
* Estos feriados se rigen por la Ley Nº 23.555. Las fechas que coincidan en martes y miércoles se trasladan al lunes anterior, las que coincidan en jueves y viernes al lunes posterior.** Estos feriados se rigen por la Ley Nº 24.445. Los feriados nacionales del 20 de junio y del 17 de agosto se trasladan al tercer lunes del mes respectivo.
4.1 Asuetos Especiales
11 de Septiembre (Día del Maestro).
21 de Septiembre (Día del Estudiante).
26 de Noviembre (Día Personal No Docente Universidades Nacionales).
Estos asuetos son exclusivamente para el respectivo claustro.
5. Receso de InviernoPeríodo de dos semanas, se cumplirá entre los días 6 al 17 de Julio de 2009.
6. Actividades AcadémicasLas actividades académicas para el 1er. año se iniciarán el 9 de Febrero de 2009, con el Programa de Actividades de Ingreso que cada Facultad establezca.
7. Período Dictado de ClasesEl período efectivo de dictado de clases teóricas y prácticas de las materias de régimen cuatrimestral, comprenderá un lapso mínimo de catorce (14) semanas.Las materias de régimen anual deberán comprender un período efectivo mínimo de dictado de clases de veintiocho (28) semanas.
7.1 -Modificación al CalendarioExcepcionalmente y por razones debidamente fundadas el período de clases de asignaturas podrá ser modificado por los diferentes Consejos Directivos, en cuanto se respete el total de las cargas horarias previstas en el respectivo Plan de Estudios.Tal decisión será comunicada a la Secretaría Académica de la UNRC.
8. Turnos de Exámenes Finales
Las Unidades Académicas dispondrán sus Turnos de Exámenes Generales, en los siguientes períodos:
8.1 Febrero - Marzo
8.2 Julio - Agosto
8.3 Noviembre - Diciembre
8.4 Turnos Generales Las Unidades Académicas deberán disponer sus turnos de exámenes generales en los siguientes períodos: febrero – marzo, julio – agosto y noviembre – diciembre de cada año académico. Durante estos tres turnos generales se deberán integrar un mínimo de nueve llamados, quedando a criterio de las Facultades la distribución de estos nueve llamados, como mínimo, en dichos turnos generales. La excepción a esta norma deberá ser solicitada al Consejo Superior con la debida justificación.
8.5Los Consejos Directivos podrán establecer con razones fundadas y a modo de excepción turnos de exámenes generales en Mayo y/o en Septiembre, debiendo en este caso las Unidades Académicas que comparten servicios, acordar los alcances de esta implementación.
8.6 Turnos Especiales Se consideran turnos especiales a los que tienen lugar en los meses de Abril, Junio y Octubre de cada año académico. En estos turnos especiales podrán rendir exámenes los alumnos que deban aprobar materias regulares y en calidad de libres de acuerdo con lo que determinen y reglamenten los Consejos Directivos de las respectivas Facultades.
8.7 Los Consejos Directivos elevarán al Consejo Superior para su conocimiento los respectivos Calendarios Académicos de Facultad.
8.8 Los meses mencionados en los puntos 8.5 y 8.6 podrán ser utilizados indistintamente para turnos especiales o regulares, siempre que se respete la cantidad de dos (2) meses/turnos de exámenes especiales y en un todo lo demás resuelto en los puntos mencionados.
9. Inscripción a Cursos y ExámenesLos alumnos deberán inscribirse en las respectivas Facultades en las fechas que éstas fijen.
10. DifusiónLas fechas de inscripción a cursos y exámenes, serán comunicadas por las respectivas Facultades.

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